HERENCIAS. CUENTAS BANCARIAS CONJUNTAS O INDISTINTAS

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11 marzo, 2026
HERENCIAS. CUENTAS BANCARIAS CONJUNTAS O INDISTINTAS

HERENCIAS. CUENTAS BANCARIAS CONJUNTAS O INDISTINTAS: el  Banco de España avisa a los titulares de una cuenta conjunta que si uno fallece el otro no podrá sacar dinero sin permiso de los herederos.

El Banco de España avisa a los titulares de una cuenta conjunta.

 

En España es habitual tener una cuenta conjunta compartida con algún familiar en la que ambos son titulares, teniendo libertad de movimiento para retirar o ingresar dinero según creamos conveniente.

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No obstante, cuando uno de los dos fallece hay que tener en cuenta que el saldo queda parcialmente paralizado para el superviviente, que necesita una autorización de los herederos del otro para actuar sobre los depósitos.

 

Sobre esto se ha pronunciado el Banco de España, que aclara que cuando un titular de una cuenta conjunta fallece «los demás no podrán disponer del dinero que hay en ella, salvo que tengan el consentimiento expreso de todos los herederos del titular fallecido».

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Ahora bien, si se trata de una cuenta indistinta (que también puede tener varios titulares), el comportamiento es diferente.

 

En este caso «se podrá seguir disponiendo del dinero después del fallecimiento de uno de los titulares». 

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La principal diferencia entre ambas cuentas es que en la indistinta hay mayor riesgo de que un titular disponga del dinero sin consentimiento del otro, mientras que en la conjunta se necesita la autorización de todos los herederos del otro cotitular.

 

En caso de no llegar a un acuerdo con los herederos, el otro titular no podrá acceder al dinero de la cuenta conjunta, por lo que sus ahorros quedarán comprometidos y no podrá acceder ni sacar dinero en efectivo.

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Solo podrán cargarse los recibos de suministros previamente ordenados, siempre y cuando no exista oposición formal.

Final del formulario

Con todo, lo mejor será siempre comunicar a la entidad bancaria el fallecimiento de uno de los titulares de una cuenta conjunta si ocurriera para evitar futuros conflictos legales, sobre todo si una parte del dinero de esa cuenta corresponde al titular fallecido.

 

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