fbpx

DIVORCIOS: CUSTODIA COMPARTIDA POR AÑOS ALTERNOS

ABOGADOS DIVORCIOS
27 septiembre, 2021
DIVORCIOS: CUSTODIA COMPARTIDA POR AÑOS ALTERNOS

DIVORCIOS: dictan la primera custodia compartida a padres por años escolares alternos. Un año escolar con cada padre. Esta es la decisión que ha tomado la Audiencia Provincial de Albacete, en una reciente sentencia, tras rechazar ambos progenitores desde hace años la custodia compartida y pedir cada uno la exclusiva, debido a las malas relaciones entre ellos.

Este caso puede suponer un antes y un después, ya que hasta ahora lo más frecuente era establecer tiempos de estancia quincenal o semanal con cada progenitor.

El Juzgado de Primera Instancia de Albacete ya había establecido en una primera sentencia la custodia por años para las tres hijas de la pareja. La madre recurrió esta resolución,  solicitando el sistema semanal porque consideraba que el periodo de un año era “desmesurado” y propiciaba el “deterioro” de las relaciones de padres a hijos.

Ahora, el juez de la AP confirma esa sentencia al considerar que “no es más beneficioso para las menores que la alternancia sea por semanas”, porque “el régimen de visitas –fines de semanas alternos y dos tardes a la semana- y vacaciones permite el contacto frecuente y casi diario de los menores con el otro progenitor”. Además, ambos padres residen en la misma ciudad.

El informe psicosocial, que tuvo en cuenta la opinión de las menores,  dictaminó que lo más “conveniente”, dada la edad de las niñas -16, 14 y 11 años-, era que sus padres compartieran la custodia por años escolares, de septiembre a agosto.  También señaló que las menores son “muy maduras” y  “no se observa que estuvieran posicionadas a favor del padre”. En cambio, sí “muestran cansancio por las incidencias que han surgido tras la separación”.

Para la abogada defensora de la madre, Gemma Marín López, esta medida es la más adecuada “cuando la relación de los progenitores es mala, porque se evita que estén obligados a verse con frecuencia”.

El tribunal anima a los litigantes a “aparcar sus diferencias y procurar a sus hijas el bienestar y la estabilidad necesaria, no solo en el ámbito emocional y afectivo, sino también en su desarrollo personal y estudios que actualmente realizan”.

 

Social Media Auto Publish Powered By : XYZScripts.com