BANCARIO: ERROR AL CONTRATAR Y PLAZO PARA PLEITEAR

10 febrero, 2023
BANCARIO: ERROR AL CONTRATAR Y PLAZO PARA PLEITEAR

BANCARIO: ERROR AL CONTRATAR Y PLAZO PARA PLEITEAR: en la STS- 10-7-2020 (Rc 3477/2017, ECLI:ES:TS:2020:2422) el Pleno de la sala examina el recurso de casación interpuesto por los demandantes contra la sentencia de segunda instancia que, tras mantener la condición de prestatarios de todos los actores, aunque no percibieran todos ellos materialmente el importe del préstamo hipotecario multidivisa suscrito, confirmó que la acción de anulación por error vicio estaba caducada cuando se interpuso la demanda.

 

La sala considera, con desestimación del recurso de casación, que asumen el carácter de prestatarios quienes aparecen como tales en la escritura del préstamo hipotecario, aunque el dinero prestado se ingresara en la cuenta bancaria correspondiente exclusivamente a uno de ellos.

 

Asimismo, sobre la caducidad de la acción, se declara que la consumación de un préstamo de este tipo se produce con la entrega del dinero a los prestatarios, pero que, tratándose de un producto financiero complejo, a efectos del inicio del plazo de ejercicio de la acción, no puede entenderse consumado el contrato antes de que dichos prestatarios pudieran conocer los hechos determinantes del error.

 

En el caso examinado, concluye la sala que, al haber transcurrido más de cuatro años desde que los prestatarios tuvieron conocimiento de los hechos determinantes del error en el que basan su acción, esta había caducado a la fecha de interposición de la demanda, por lo que se desestima el recurso y se confirma la resolución impugnada.

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