PENAL. APROPIACIÓN INDEBIDA Y TERCERA EDAD

5 mayo, 2023
PENAL. APROPIACIÓN INDEBIDA Y TERCERA EDAD

PENAL. APROPIACIÓN INDEBIDA Y TERCERA EDAD: el Tribunal Supremo condena a la mujer que vació la cuenta de su tía abuela nonagenaria.

E. A., valiéndose de su condición de persona autorizada en la cuenta bancaria y única heredera de su tía abuela, de 93 años, realizó de manera «constante, reiterada y grosera» transferencias bancarias en favor de su patrimonio personal.

El Tribunal Supremo ratificó la sentencia de la Sección Octava de la Audiencia Provincial, con sede en Gijón, que condenaba a una mujer a cuatro años de prisión por un delito continuado de apropiación indebida gravada por vaciar la cuenta de su tía abuela, dejándola sin dinero incluso para abonar las cuotas mensuales de la residencia donde residía.

Además, deberá abonar una multa 1.800 euros y una indemnización a la perjudicada por valor de 71.323,60 euros.

La acusada, desde aproximadamente el 31 de mayo de 2018 hasta el 24 de diciembre de 2018, valiéndose de su condición de persona autorizada en la cuenta bancaria de su tía abuela, nacida en 1927, y tras vender un inmueble propiedad de la anciana en Gijón por importe de 170.000 euros (cantidad que ingresó en la cuenta de la mujer), realizó de manera constante y reiterada transferencias bancarias a su favor desde la cuenta de la anciana, sin su consentimiento.

El perjuicio total ocasionado a la víctima ascendió a 52.523,60 euros. Además, la víctima presenta un deterioro cognitivo severo, que mermaba sus capacidades intelectivas y volitivas.

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