HERENCIAS. SIN TESTAMENTO: el reparto de la herencia de una persona que ha fallecido sin redactar un testamento está establecido en la normativa del Código Civil español.
Si aún no te has decidido a realizar un testamento, te vamos a dar la razón más importante para que empieces con el proceso cuanto antes.
Los notarios de España aconsejan redactar este documento para repartir la herencia de forma ordenada siguiendo nuestros deseos.
Y es que hacerlo no es obligatorio, pero ayuda a facilitar el proceso sucesorio a los familiares y beneficiarios de los bienes cuando fallecemos.
DERECHOS. Los derechos de los ciudadanos cuando acuden al notario
La herencia de una persona fallecida queda repartida entre quienes están incluidos en el testamento, si se descubre que existe este documento ante notario.
Sin embargo, hay personas que no se lanzan a repartir sus bienes en vida ya que pensarlo es incómodo cuando vemos que está muy lejos. A pesar de que los notarios recomiendan sin cesar la importancia de hacerlo para evitar conflictos fiscales y familiares.
Para saber si hay o no testamento cuando una persona fallece, lo primero que hay que pedir es el Certificado de Defunción en el Registro Civil.
Este proceso se debe realizar 15 días después del fallecimiento, junto con la solicitud del Certificado de Últimas Voluntades al Ministerio de Justicia.
En el caso de que los herederos descubran que no hay testamento legítimo para repartir los bienes en herencia, la situación se complica.
En los casos en los que se descubra que no existe este documento, comienza el proceso de sucesión intestada ante notario.
Así, los interesados en recibir la herencia de la persona fallecida deben acudir al notario para solicitar el acta de declaración de herederos abintestato.
Se trata de un documento notarial por el cual el notario, a la vista de las pruebas aportadas, designa quiénes son los herederos legales y cuál es la participación en la herencia de cada uno de ellos.
Cuando una herencia no tenga un testamento válido que reparta los bienes según las últimas voluntades del fallecido, los bienes y el patrimonio se deben repartir según la normativa establecida por el Código Civil en España.
Según el orden de sucesión de los herederos que establece la legislación del Código Civil español, los hijos son los primeros que recibirán los bienes del fallecido.
Si alguno de los hijos ha fallecido, la parte proporcional pasaría a los nietos.
Ante la ausencia de descendientes y ascendientes, en una herencia sin testamento, el derecho a heredar pasa al cónyuge; con la excepción de que estuviesen separados judicialmente en el momento del fallecimiento de la persona causante.
Por último, los hermanos y otros parientes serían los siguientes en la línea sucesoria de la herencia sin testamento.
En el caso de que no hubiera familiares que pudieran quedar con la posesión de los bienes, todo el monto hereditario sería para el Estado.
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