BANCARIO. CLÁUSULAS SUELO: EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DECLARA INCONSTITUCIONAL QUE LOS BANCOS NO PAGUEN LAS COSTAS JUDICIALES

ABOGADOS BANCARIOS
29 noviembre, 2021
BANCARIO. CLÁUSULAS SUELO: EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DECLARA INCONSTITUCIONAL QUE LOS BANCOS NO PAGUEN LAS COSTAS JUDICIALES

BANCARIO. CLÁUSULAS SUELO: EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DECLARA INCONSTITUCIONAL QUE LOS BANCOS NO PAGUEN LAS COSTAS JUDICIALES. El Real Decreto ley 1/2017 de medidas urgentes de protección de consumidores de cláusulas suelo ha sido declarado inconstitucional por parte del Tribunal Constitucional. El objeto de controversia es el hecho de que los bancos no tuviesen que pagar las costas judiciales al aceptar las condiciones de la persona hipotecada para recuperar la cantidad de la cláusula suelo. En definitiva, las entidades bancarias estaban exentas de pagar abogados y procuradores de la persona afectada.

Cuando el TJUE comunicó que los bancos debían devolver las mencionadas cláusulas suelo pagas antes de 2013, también se aprobó la norma mencionada para agilizar los procesos de devolución.

Para ser más precisos, cuando el banco aceptara la reclamación que el consumidor hacía mediante vía judicial, el primero no debía hacerse cargo de los gastos judiciales. En el artículo 4 del Real Decreto Ley se especifica que solo asumiría las costas en caso de que el hipotecado afectado rechazase la cantidad a devolver o acuda a la vía judicial para intentar obtener una cantidad más favorable de la ofrecida.

Carmen Giménez, titular de G&G Abogados, recuerda que en todos los demás escenarios la banca no deberá asumir las costas, independientemente de sus prácticas en estas operaciones. «Por esta razón, si el consumidor decide interponer la demanda judicial, sin haber acudido a la reclamación previa, y la entidad, quien no le ha informado de nada (obligación prevista en el Decreto), se allana, no habrá condena en costas, debiendo sufragar el consumidor los honorarios de su Abogado y Procurador».

En la actualidad, el Tribunal constitucional no está de acuerdo con este artículo 4, puesto que «favorece de manera notoria a quien impuso unilateralmente la cláusula abusiva y perjudica a quien sufrió tal imposición».

En el caso de que la persona hipotecada decida no aceptar las negociaciones con la entidad bancaria y se decante por la vía judicial, deberá pagar las costas judiciales a pesar de que el juez le dé la razón. Estamos hablando, de media, de unos 3.500 euros que se ahorraría el banco y que el consumidor debería afrontar el pago.

La declaración del TC no tiene carácter retroactivo. Esto significa que aquellas situaciones anteriores al 14 de septiembre de 2021, fecha de publicación de la sentencia, no se verán afectadas.

Giménez afirma que «esta sentencia llega a destiempo porque las consecuencias que el «sinsentido» del Real Decreto que se dictó tras la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que declaraba la retroactividad total de las cláusulas suelo, ya se han provocado en muchísimos consumidores bajo un paraguas de una norma que ahora es declarada inconstitucional, y cuya declaración de inconstitucionalidad no es retroactiva […] por lo que los honorarios y gastos que tuvieron que desembolsar en virtud de una norma declarada inconstitucional cuatro años más tarde, no los podrán recuperar».

A través del mecanismo extrajudicial, los bancos en España ya han devuelto más de 2.300 millones de euros a afectados por la cláusula suelo, aproximadamente unos 500.000. De acuerdo con el último informe de la comisión de seguimiento, las entidades financieras han recibido en torno a 1,23 millones de solicitudes de devolución de cantidades cobradas por las cláusulas suelo, unas reclamaciones que con la pandemia han ascendido ligeramente.

De las solicitudes enviadas, un 44% han sido favorables al cliente, un 19,8% se han desestimado y el 35,2% restante no las han admitido las entidades por no existir la cláusula suelo o porque la reclamación la había realizado una sociedad y no un particular. https://www.expansion.com/inmobiliario/viviendas/2021/10/18/616d331f468aeb7a1c8b4664.html

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