ARRENDAMIENTOS. La realización de obras

7 junio, 2017
ARRENDAMIENTOS. La realización de obras

ARRENDAMIENTOS. La realización de obras. La realización de obras produce dos órdenes de consecuencias económicas distintos:

El derecho a elevar la renta, como se ha de ver.

Un destino de las obras de mejora, tal que:

– Si realizadas por el arrendador, quedan siempre en provecho del inmueble. A pesar de que el art. 22 LAU 1994 no contiene una disposición similar a la establecida en el antiguo art. 114.7.ª LAU 1964, hay que entender que las obras de mejora realizadas por el arrendador quedarán en beneficio de la vivienda, salvo estipulación en contrario, como se deduce de las reglas generales del Código Civil, que tienen un valor permanente, mientras no sean sustituidas por las especiales contenidas en la LAU 1994.

– Si las obras de mejora fuesen costeadas por el arrendatario, quedarán incorporadas las mejoras a la vivienda en tanto no sea posible retirarlas sin detrimento del inmueble, quedando en beneficio del mismo (cfr. arts. 1573 y 487 CCiv).

ARRENDAMIENTOS. La realización de obras

ARRENDAMIENTOS. La realización de obras

desahucios abogados oviedo (1) desahucios abogados oviedo (2) desahucios abogados oviedo (3) desahucios abogados oviedo (4) desahucios abogados oviedo (5) desahucios abogados oviedo (6) desahucios abogados oviedo (7) desahucios abogados oviedo (8) desahucios abogados oviedo (9) desahucios abogados oviedo (10) desahucios abogados oviedo (11)

Social Media Auto Publish Powered By : XYZScripts.com