HERENCIAS: CÓMO ACEPTAR SIN ARRUINARSE UNA HERENCIA CON DEUDAS

31 octubre, 2022
HERENCIAS: CÓMO ACEPTAR SIN ARRUINARSE UNA HERENCIA CON DEUDAS

HERENCIAS: CÓMO ACEPTAR SIN ARRUINARSE UNA HERENCIA CON DEUDAS: la fórmula para aceptar una herencia con deudas sin arriesgar el patrimonio propio es a beneficio de inventario, posibilidad desconocida por el grueso de los herederos.

 

Recibir una herencia no siempre es una buena noticia. Puede tratarse de una herencia con deudas y pocos bienes, por lo que aceptarla puede suponer para el heredero una merma en su patrimonio e, incluso, llevarle a la ruina.

 

Por ello, antes de dar el «sí quiero» tiene que saber que al hacerlo asume todos los bienes del difunto, pero también sus deudas y obligaciones en caso de que las tuviera, ya que no puede aceptar una parte de la herencia y otra no, se asume o se rechaza en su totalidad.

 

Para evitar problemas, existen dos formas de aceptar una herencia, la pura y simple o a beneficio de inventario. La primera tiene efectos ilimitados, el heredero se compromete a recibir los bienes y a pagar todas las deudas y compromisos del fallecido.

 

Debe responder a estas deudas no solo con los bienes recibidos en la herencia, también con los suyos. Esta aceptación es la más habitual cuando el heredero conoce el patrimonio del fallecido.

 

Puede articularse dos formas, mediante aceptación expresa a través de un documento o tácita, mediante actos que suponen la voluntad de aceptar.

 

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A beneficio de inventario, la opción más segura. Para evitar el riesgo de bancarrota, los expertos en herencias recomiendan aceptarlas a beneficio de inventario, cuyos efectos son limitados para el heredero. Éste responde a las deudas del causante solo con los bienes heredados y nunca con sus propios bienes, protegiendo así su capital.

 

«El beneficio de inventario es la fórmula más conveniente para aceptar una herencia sobre todo si existen dudas o indicios de que el fallecido pueda tener deudas importantes que superen el valor real de la herencia», asegura José Manuel Sierra, socio fundador del bufete Sierra Abogados & Inversiones

 

El procedimiento a seguir por el heredero es analizar el pasivo y el activo de la herencia mediante un inventario de los bienes y las deudas que la componen. Para ello hay que obtener las certificaciones del Registro de la Propiedad, de Hacienda, de los bancos y ayuntamientos e investigar si ese patrimonio tiene cargas como arrendamientos, usufructos a favor de terceros o deudas. Tras recopilar esta información el heredero debe sopesar si interesa aceptar o rechazar la herencia.

 

El problema que se plantea es que a veces no es fácil hacer inventario, ya que no siempre se puede saber las deudas reales que tenía el fallecido o si tenía avales firmados. En caso de que existan, el heredero los asume.

 

Tiene un plazo de 30 días naturales desde que conoce su condición de heredero para manifestar formalmente que quiere aceptar la herencia a beneficio de inventario y puede hacerlo, aunque lo hubiera prohibido el testador.

 

La aceptación de herencias aumenta en España hasta batir récords históricos. Así, el año pasado se firmaron 365.649, el 22,2 por ciento más que en 2020. Las renuncias a herencias también aumentaron el año pasado, un 25 por ciento, hasta las 56.557 operaciones.

 

Los herederos que duden en aceptar una herencia tienen tiempo para decidirse, ya que, según el artículo 1963 del Código Civil, existe un plazo máximo de 30 años para reclamar una herencia, antes de que prescriba.

 

También hay que tener en cuenta que la aceptación de una herencia genera gastos derivados de los servicios de abogados, notarios y gestores, a los que se suman los del cambio en el registro de la propiedad y los del impuesto de sucesiones y donaciones. La cuantía de este tributo es la que disuade a muchos herederos de aceptar la herencia.

 

El primer paso a seguir para aceptar una herencia es solicitar el certificado de últimas voluntades del fallecido y los contratos de seguros. Después los herederos deben cerciorarse de si existe testamento y, si lo hay, solicitar al notario una copia autorizada.

 

A continuación, se realiza el inventario de bienes y deudas del difunto, se liquidan las deudas y se adjudica la herencia a los herederos.

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