BANCARIO: Valores Santander

14 septiembre, 2016
BANCARIO: Valores Santander

VALORES SANTANDER: el 4 de octubre acaba el plazo para reclamar. El 4 de octubre concluye el plazo para reclamar por la emisión de Valores Santander, con la que el banco financió la compra de ABN Amro con la emisión de 7.000 millones de euros que colocó a unos 129.000 clientes, y que le costó una sanción de 16,9 millones, que finalmente se quedó en 6,9 millones.

En 2007, el banco anunció la emisión de 7.000 millones de euros en «Valores Santander», divididos en 1,4 millones de valores de 5.000 euros cada uno, que se realizó para hacer frente a parte de la oferta pública de adquisición (OPA) sobre el 100 % de ABN Amro, Royal Bank of Scotland y Fortis.

Los bonos convertibles tenían la condición de canjearse por acciones a los cinco años, pero a un precio predeterminado con antelación que ha supuesto para los inversores pérdidas de aproximadamente un 55 %, según explican los socios del bufete V Abogados.

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) sancionó en 2014 a la entidad con diez millones de euros por la comisión de una infracción grave al no disponer de la información necesaria sobre sus clientes en el proceso de suscripción de la emisión, y con 6,9 millones de euros por una falta muy grave en relación con el incumplimiento de algunas de las obligaciones que regulan la relación entre el banco y su clientela.

Sin embargo, la Audiencia Nacional admitió en julio del año pasado un recurso del Santander y confirmó la multa de 6,9 millones por la inadecuada comercialización de la emisión y anuló la otra.

Durante este tiempo, miles de clientes han reclamado por la vía judicial para recuperar su inversión, pero a punto de concluir el plazo para reclamar, que empezó a contar a partir del momento del canje entre los bonos convertibles por acciones del Santander -octubre de 2012-, aún podría haber unos 65.000 afectados que no han reclamado.

Vaya por delante que el Banco Santander no es ni el primero, ni el último ni el peor banco que ha comercializado productos inadecuados en sus sucursales, a mi modo de ver. Los conocidos por ‘Valores Santander’, desde mi punto de vista profesional, eran un producto de inversión de riesgo no apto para ahorradores conservadores y con una cultura financiera habitual (baja, me temo). En base a esta idea, no deberían haberse comercializado de forma masiva en sucursales, diseñadas para ser puntos de venta agresivos, pese a que en el 2007 los clientes iban confiados a asesorarse.

Si compraste Valores Santander acudiendo a una oficina y solicitando obligaciones necesariamente convertibles en acciones del banco a un plazo de 5 años, a un interés nominal el primer año del 7,30% liquidable trimestralmente y con un cupón variable referenciado a Euribor más 2,75 puntos porcentuales el resto de anualidades, entendiendo perfectamente lo que pedías, evidentemente, el proceso de contratación fue el adecuado.

Si por el contrario, eras un cliente sin conocimientos ni ganas de invertir en bolsa, un ahorrador que buscaba la seguridad de un depósito a plazo fijo tradicional, que entraste por la puerta de la sucursal o te llamaron al teléfono para ofrecerte un producto rentable, con toda la seguridad el Banco Santander, algo falló en el proceso de comercialización.

En mi primer libro  ya hablé de las dudas que este producto de riesgo y la forma de venta de las oficinas de bancos que conocía me producían. Entre otras cosas decía: “Bancarios de la entidad me han defendido el producto alabando las virtudes del banco, afirmando que sus acciones cotizan muy por debajo de su valor real, a causa de la crisis económica en España que provoca que los inversores castiguen de forma indiscriminada cualquier empresa del país, por mucho que su negocio esté muy diversificado como es el caso del Banco Santander. Es cierto que la entidad es fuerte y solvente, no lo pongo en duda. Pero no es menos cierto que los clientes que quieran recuperar su dinero tendrán que vender unas acciones que tuvieron que adquirir caras a un precio muy bajo, asumiendo una pérdida muy importante. Los argumentos de que la acción subirá no me valen; si tanta confianza tiene el banco en sus acciones, que hubiera asumido ésta las pérdidas, no el cliente”.

La definición técnica de los ‘Valores Santander’ es algo compleja, si bien, en realidad, se puede describir de una forma bastante sencilla: el Banco Santander pidió prestado a sus clientes (un bono u obligación es un préstamo de los clientes a los bancos u otros emisores, en esencia) 7.000 millones de euros para financiar la compra del banco holandés ABN Amro. Se comprometió a devolver el préstamo mediante un interés del 7,50% TAE el primer año y un Euribor más 2,75% después, hasta su vencimiento en octubre de 2012. Hasta aquí la cosa no suena mal, dejamos dinero a un banco fuerte y diversificado, cobrando intereses más altos que los que pagamos por una hipoteca, por ejemplo.

Evidentemente, hay truco. Al ser obligaciones necesariamente convertibles en acciones (una obligación para el cliente), al vencimiento no nos devuelven el capital invertido, sino acciones. Una vez más, puede parecer un negocio interesante; nos pagan lo que hemos invertido con acciones de un banco que ha sido siempre muy rentable.

De nuevo, hay truco en la letra pequeña: las acciones que nos entregarán no serán a precio de mercado a fecha del vencimiento, sino en base a un precio fijado al contratar el producto y una prima del 16%. Vuelve a sonar bien: además de ganar intereses, me entregarán acciones y con un regalo respecto al precio de ahora.

Un pequeño detalle, que a nadie se le pasó por la cabeza (a nadie de los clientes, porque me cuesta creer que los certeros estudios del banco no lo previeran), es que si la acción cae, el cliente cobra con acciones sobrevaloradas; es decir, pierde dinero. Y las acciones perdieron valor y mucho; el canje final se marcó en 12,96 euros la acción, cuando en ese momento cotizaban a menos de 6 euros la acción (actualmente siguen a un precio de cotización bajo de cerca de 6,5 euros la acción), lo que se tradujo en una pérdida del 55% del capital, de un 32% si le restamos a la pérdida los intereses que cobraron los clientes. Esta explicación ya es algo más compleja, pero para simplificarla me baso en el folleto registrado en la CNMV el 19/09/2007, que en el capítulo 21, página 3, dice:

“Con ocasión de cada canje de los Valores Santander, las obligaciones necesariamente convertibles entregadas a los titulares de los Valores que hayan acudido al canje serán convertidas, a su vez, en acciones Santander. De este modo, los titulares de los Valores Santander que procedan a su canje adquirirán, indirectamente, acciones Santander”.

Llegado a este punto, ya puedo definir básicamente lo que eran los Valores Santander: un préstamo al Banco Santander para que comprara acciones de otro banco, a cambio de unos interese periódicos altos y asumiendo el riesgo indirecto del accionista. Si te lo explicaron así, sabías que “jugabas” a bolsa. Sino, probablemente hubo vicios en tu consentimiento.

Las demandas no han dado la razón en muchas ocasiones a los clientes, con algunas excepciones, pero me atrevo a indicar un factor desfavorable: los jueces en un primer momento no conocían cómo se vendían productos en las sucursales, información que sí ha acabado calando en ellos en relación a las participaciones preferentes o las obligaciones subordinadas. Por otra parte, no tenían el amparo legal de la posterior aprobación de la normativa de transparencia Mifid. En este extremo no profundizaré, dado que mi formación legal no pasa de haber aprobado ‘Derecho Romano’ o ‘Teoría del Derecho’, entre otros pinitos en la carrera de Derecho.

La nada sospechosa de castigar severamente a la banca CNMV, sin embargo, acaba de hacerse famosa al publicarse en el BOE de día 17 de febrero la sanción firme por vía administrativa de dieciséis millones novecientos mil euros, por infracción muy grave en base al incumplimiento de varios artículos de la Ley del Mercado de Valores:

El 70 quáter, que hace referencia a los conflictos de intereses que pueden surgir entre los clientes y los empleados del banco, y como el banco debe velar para controlar esas situaciones, a través de diferentes medidas.

El 79 bis, que trata el principio de información. Al no estar el cliente no en una situación de igualdad con la entidad, el banco debe suministrar la información suficiente para la comprensión del cliente, sobre los productos y actuaciones.

Resumiendo, el banco debe velar por el dinero del cliente como si fuera propio.

Unos dirán que el Santander hizo bien haciendo cumplir sus contratos y sin compensar de alguna manera las pérdidas ocasionadas. Es una postura defendible. Yo solo daré mi opinión: Pedir prestado dinero a los clientes para especular o invertir y, después, devolverles menos dinero del recibido, no parece una buena señal de los valores  que quiere transmitir un banco. Es solo mi opinión personal, señor Botín.

¿Afectado por los Valores Santander? Recupere su dinero. Representamos a una gran cantidad de afectados por los Valores Santander en el proceso penal. Por ello, estamos al tanto de la actualidad de la causa y sabemos que su dinero es 100 % recuperable.

Estudiaremos su caso y le plantearemos, de forma individualizada, la mejor opción para usted; personarse en el proceso penal o demandar en vía civil. En cualquiera de las situaciones, usted podrá recuperar su dinero.

Además, al asignarnos su caso, usted no tendrá que abonar ninguna cantidad a lo largo de todo el procedimiento. En el momento en el que la sentencia resulte favorable, y el banco le abone la cantidad pendiente, nosotros deduciremos nuestros honorarios.

TRES CLAVES DE ÉXITO EN EL CASO DE LOS AFECTADOS POR LOS VALORES SANTANDER:

  • 7.000 millones de euros fueron asignados a clientes particulares que, en la mayoría de los casos, no contaban con los conocimientos para entender el funcionamiento de estos productos y para su adquisición.
  • 129 mil afectados aceptaron este producto financiero como una inversión en renta fija, con un vencimiento en el año 2012; fecha en la que se convirtieron en acciones del Banco Santander, a un precio superior al del mercado, generando pérdidas de hasta el 55 % del dinero invertido por los clientes.
  • Existen sanciones de la CNMV y está abierto un proceso penal que indican que la comercialización de los Valores Santander fue fraudulenta.

Si desea conocer con más profundidad cómo funcionaron los Valores Santander, en este enlace hacemos un recorrido histórico y le explicamos cómo se gestó este producto financiero.

 

La Audiencia falla a favor de una afectada por los Valores Santander

Es la primera sentencia de la Audiencia de Castellón que condena por Valores Santander, por tanto estamos ante una sentencia pionera

La sección tercera de la Audiencia Provincial de Castellón ha condenado al Banco Santander a devolver los 40.000 euros que un cliente invirtió en el año 2007, con sus respectivos intereses legales. La Audiencia de Castellón afirma que los Valores Santander son un producto complejo y de riesgo, conteniendo el tríptico una información sesgada e interesada en la que no se advierte de los riesgos del producto. No compartiendo los argumentos del juzgado de primera instancia nº1 de Castellón, quien desestimó la demanda al manifestar que el demandante era un experto inversor al trabajar como contable en una empresa del sector cerámico, conclusión que la Audiencia Provincial de Castellón no comparte.

Es la primera sentencia de la Audiencia Provincial de Castellón que condena por Valores Santander, por tanto estamos ante una sentencia pionera que anima a los afectados por Valores que residan en Castellón a demandar, ya que los juzgados de primera instancia de Castellón tendrán que acatar lo que diga la Audiencia, entre ellos el juzgado de primera instancia nº1 de Castellón quien desestimó la demanda en primera instancia, con fundamentos claramente errados.

Te informamos sobre los valores Santander.    Definición del producto:     Los valores del Santander son un producto financiero que se comercializó desde septiembre de 2007 y que tenían un vencimiento hasta el 4 de octubre de 2012. Su naturaleza era la de una obligación o contracto por el cual se invertía un principal con la condición de convertirse en acciones del Banco Santander a un precio fijado en su contratación. El cliente no contrata un bono o un plazo fijo simple por el cual se ofrece un 7,5% de interés T.A.E. fijo y después una remuneración de Euribor +2,75, como “aparentemente decía su publicidad”. Lo que se contrata es una compra de acciones a futuro al valor de la acción en el momento de la conversión.

    ¿Por qué los valores Santander son reclamables?     Si te vendieron valores Santander como un simple depósito a plazo fijo o como una inversión en la que te aseguraban el valor de lo invertido, se puede declarar la nulidad del contrato. Pues no son un depósito, ni un plazo fijo. Son un producto de alto riesgo que, de no superar los test de conveniencia e idoneidad suponen la nulidad de la compra.

    ¿Quién puede reclamar, hasta cuándo y cómo? Cualquier persona física o jurídica que suscribiera valores del Santander desde el año 2007 puede reclamar. El plazo máximo para reclamar es de 4 años desde el canje de los valores por acciones del Santander (que tuvo lugar en octubre del 2012), es decir, hasta octubre de 2016. Debido a que no existe la posibilidad de mediar con el banco ni la opción de intentar algún tipo de demanda previa, la única vía de reclamación es la judicial.

    Posibilidades de recuperar tu dinero. Desde reclamador solicitamos la nulidad del contrato de compra de Valores del Santander, por lo que la consecuencia inmediata es la restitución mutua de los efectos del contrato.

    Así pues, la reclamación supondrá:

        La devolución de la cantidad invertida.

        Indemnización por pérdidas patrimoniales.

        Daños y perjuicios.

        Lucro cesante.

    ¿Qué ocurrió tras el vencimiento del producto? El precio de canje final de los valores de Santander es de 12,96€/acción, cuando actualmente el valor cotiza a 6€/acción, lo que quiere decir que el suscriptor es convertido en accionista, el cual coloca acciones a un precio mucho mayor que el de mercado.

    Ejemplo:

           Inversión Inicial      10.000 €

           Valor de Emisión    12,96 €/a

          Total acciones adquiridas  772 acc.

          Valor actual acción  6,003 €/a

          Valor de la inversión         4.631,95 €

          Perdida en la inversión      -5.368,06 €

          Rentabilidad de la inversión         -53,68%

          Comparación con otros productos financieros

    Los valores del Santander son un producto de alto riesgo (calificación de producto amarillo), dentro de la misma calificación de otros como preferentes o subordinadas en lo que respecta a obligaciones de idoneidad e información previa; por lo que su comercialización a particulares o como producto de renta fija, supone la nulidad de la operación.

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