VIVIENDA: LA HIPOTECA INVERSA

17 enero, 2023
VIVIENDA: LA HIPOTECA INVERSA

La contratación de hipotecas inversas ha crecido un 40% en los últimos meses en comparación con 2021, según datos recogidos del Consejo General del Notariado. Este tipo de hipotecas se caracterizan porque funcionan justo al revés que un préstamo hipotecario normal.

 

«En vez de pedir dinero prestado para comprar una casa, lo que haces es hipotecar tu vivienda para que una entidad te pague un dinero durante un tiempo. Son productos dirigidos exclusivamente a personas mayores de 65 años o dependientes que quieren cobrar un extra para complementar su pensión», explican los expertos del comparador financiero HelpMyCash.

 

Este tipo de hipotecas ha crecido en los últimos meses, sobre todo por la creciente inflación y el precio disparado de bienes y servicios, que ha mermado el poder adquisitivo de muchos pensionistas.

 

Según los especialistas de MasVida, compañía especializada en este tipo de préstamos, la demanda de hipotecas inversas seguirá aumentando en 2023. 

 

«A diferencia de otras alternativas de financiación, es la mejor fórmula para obtener ingresos sin perder la titularidad ni el uso del inmueble para quienes quieran dejar una parte de su patrimonio a sus herederos», detallan en un comunicado.

 

Con las hipotecas inversas «se obtiene financiación con la garantía del mismo», aunque actualmente son pocas las entidades que ofrecen estos productos financieros en España. «A pesar de que se está notando un incremento en la demanda, estamos muy por debajo de las cifras de otros países. En el Reino Unido, por ejemplo, se realizaron 45.500 hipotecas inversas durante el pasado año», añaden.

 

Según HelpMyCash, una de las ventajas de la hipoteca inversa es que se percibe un dinero para complementar la pensión, que será mayor cuanto más valor tenga la vivienda y mayor edad tengas.

 

Asimismo, la vivienda sigue siendo del propietario, y se podrá residir en la misma o alquilarla. 

 

No obstante, uno de los principales inconvenientes es que la cantidad de dinero recibida no es muy elevada y, además, los herederos no podrán quedarse con la casa si la persona titular fallece. «Además, si la venta o embargo de la vivienda no cubre toda la deuda, la entidad podrá embargar más bienes de la herencia».

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