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LAS CLÁUSULAS ABUSIVAS BANCARIAS Y CLÁUSULA SUELO

27 agosto, 2014
LAS CLÁUSULAS ABUSIVAS BANCARIAS Y CLÁUSULA SUELO

De acuerdo con la legislación vigente, se consideran cláusulas abusivas aquellas que vinculen el contrato a la voluntad del empresario, limiten los derechos de la persona usuaria, determinen la falta de reciprocidad en el contrato, impongan a la persona consumidora garantías desproporcionadas o impongan indebidamente la carga de la prueba, resulten desproporcionadas en relación con el perfeccionamiento o ejecución del contrato, o contravengan las reglas sobre competencia y derecho aplicable.

Ajustadas a esta clasificación, las más frecuentes en las que han incurrido estos bancos han sido fijar unos intereses de demora desproporcionadamente elevados en préstamos hipotecarios y no hipotecarios, comisiones por servicios, operaciones y gastos repercutibles en contratos de libreta ahorro, en los contratos de apertura de cuenta o de depósito, o la cláusula que obliga a comunicar a la entidad en caso de sustracción o extravío en las tarjetas.

Con este artículo ALFREDOGARCIALOPEZ.ES/COM comienza a editar y publicar una serie de textos de gran calado jurídico, destinados para la lectura de la Clientela de nuestro Despacho y del casual usuario de nuestra página web.

Se trata de una serie de artículos que tratan distintas facetas del mundo jurídico que nos encontramos en el desempeño de nuestra labor en el seno de este Despacho, afrontados desde un punto de vista doctrinal y práctico, y con el objeto de servir de lectura entretenida e instructiva para todos aquellos que deseen compartir con nosotros la casuística en la que trabajamos diariamente en ALFREDO GARCÍA LÓPEZ –DESPACHO DE ABOGADOS-.

 

ANDALUCÍA SANCIONA A 30 ENTIDADES FINANCIERAS POR IMPONER CLÁUSULAS ABUSIVAS A SUS CLIENTES

La Secretaría General de Consumo de la Junta de Andalucía ha resuelto un total de 55 procedimientos sancionadores contra 30 entidades financieras que operan en la comunidad autónoma como resultado de una campaña de inspección iniciada a finales del año 2011. Las sanciones tienen su origen en las cláusulas abusivas que aplicaron estas entidades en los contratos bancarios a sus clientes. La cantidad a la que deberán hacer frente asciende a un montante de 2.047.801 euros.

Según informa en un comunicado la Secretaría General de Consumo, atendiendo a los procedimientos sancionadores instruidos se considera probado que un total de 30 entidades bancarias ocultaron información relevante sobre las condiciones del contrato, establecieron intereses de demora elevados e impusieron garantías desproporcionadas al riesgo asumido de las personas consumidoras.

De acuerdo con la legislación vigente, se consideran cláusulas abusivas aquellas que vinculen el contrato a la voluntad del empresario, limiten los derechos de la persona usuaria, determinen la falta de reciprocidad en el contrato, impongan a la persona consumidora garantías desproporcionadas o impongan indebidamente la carga de la prueba, resulten desproporcionadas en relación con el perfeccionamiento o ejecución del contrato, o contravengan las reglas sobre competencia y derecho aplicable.

Ajustadas a esta clasificación, las más frecuentes en las que han incurrido estos bancos han sido fijar unos intereses de demora desproporcionadamente elevados en préstamos hipotecarios y no hipotecarios, comisiones por servicios, operaciones y gastos repercutibles en contratos de libreta ahorro, en los contratos de apertura de cuenta o de depósito, o la cláusula que obliga a comunicar a la entidad en caso de sustracción o extravío en las tarjetas.

En estas inspecciones se ha detectado la comisión de 86 infracciones, siendo ocho de ellas de carácter leve (le corresponde una multa de 200 a 5.000 euros), 58 son graves (entre 5,001 y 30.000 euros) y 20 se consideran muy graves (de 30.001 a 400.000 euros). En el marco de esta campaña, también se han detectado otro tipo de faltas que han dado pie a otros 25 procedimientos sancionadores, que llevan aparejados una multa por 58.501 euros, por defectos de información de las oficinas de las entidades, no disponer de libro de hojas de quejas y reclamaciones y del cartel anunciador.

Las propuestas de sanción fueron iniciadas a finales de julio de 2013, y los expedientes han sido resueltos y notificados a todas y cada una de las entidades afectadas durante la segunda quincena de mayo de este año. Dado que una de las alegaciones más frecuente es la falta de competencia de la Administración andaluza para sancionar por este tipo de cláusulas abusivas en los contratos bancarios, la Secretaría General de Consumo recuerda el anclaje jurídico de su capacidad sancionadora en el artículo 47.3 del Real Decreto Legislativo 1/2007, así como en una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

La lista de entidades inspeccionadas en esta campaña asciende a 48, aunque muchas de ellas en la actualidad ya no existen, dados los recientes procesos de fusión y absorción que se han dado recientemente en el sector financiero español.

Continuación de la campaña de inspección

La Secretaría General de Consumo prevé iniciar en los próximos meses expedientes sancionadores a más de 20 entidades por cláusulas suelo en el marco de la campaña de inspección que está desarrollando desde mediados de 2013, con el objetivo de comprobar que los créditos hipotecarios formalizados por las personas consumidoras no incluyen cláusulas abusivas. En el contexto de esta campaña se prevé aplicar el comiso del beneficio ilícito obtenido por la infracción.

Además, con la futura Ley andaluza de Garantía en la contratación Hipotecaria, la cual se encuentra actualmente en tramitación, promovida por la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales, está previsto llevar a cabo la revisión del régimen sancionador de la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Consumo, de tal forma que, entre otras cuestiones, se aumentará la cuantía de las sanciones ascendiendo hasta un millón de euros la muy grave.

Por último, Consumo ya remitió a las entidades financieras que operan en Andalucía la necesidad de que de manera voluntaria retiraran las cláusulas suelo abusivas de sus préstamos hipotecarios y ha puesto a disposición de las mismas el arbitraje, iniciando con gran parte de ellas la mediación, como mecanismo de comunicación eficaces para solucionar los conflictos ocasionados, especialmente aquellos casos de especial desprotección de las personas consumidoras.

 

LAS CLÁUSULAS ABUSIVAS BANCARIAS

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