La cláusula suelo

31 diciembre, 2014
La cláusula suelo

La polémica cláusula suelo en las hipotecas está en jaque desde que el Tribunal Supremo (TS) emitiera en 2013 una sentencia condenatoria (auto que sólo afectó, sobre el papel, a tres bancos) por falta de transparencia en su comercialización. Por lo general, los jueces están siguiendo la jurisprudencia de nulidad de la cláusula marcada por el Supremo e incluso algunos estamentos jurídicos más allá, concediendo el carácter retroactivo a sus autos (la devolución de la banca de las cantidades cobradas) que no respaldó el TS, argumentado un criterio de seguridad jurídica para el sector bancario (hay miles de millones de euros en juego).

Desde que el TS tomara la palabra en el controvertido tema de las cláusulas suelo, los estamentos judiciales mayoritariamente han ido declarando de forma constante la nulidad de este suelo (tipo de interés mínimo a pagar en los préstamos). Sin embargo, desoyendo la doctrina del Supremo, contrario a la retroactividad, tanto juzgados de primera instancia como audiencias provinciales están abogando por dar la razón también con carácter retroactivo a los demandantes, que se cuentan por millones.

Esta posición favorable o contraria a la retroactividad en la sentencias depende de la provincia a la que se mire. Ante esta variante realidad, la plataforma Denunciascolectivas.com ha elaborado el mapa de España de la retroactividad de la cláusula suelo. Basándose en los autos emitidos por las audiencias provinciales y en el conocimiento sobre el terreno de sus más de 150 letrados, este organismo concluye que en 23 provincias prospera la retroactividad, mientras que en 17 es denegada por los jueces y en 12 aún no hay pronunciamientos judiciales al respecto.

Mapa de la retroactividad elaborado por Denunciascolectivas.com provincia a provincia
Recuperar el dinero pagado por la cláusula suelo, cuestión geográfica

• 23 audiencias provinciales abogan por autos con efectos retroactivos, mientras que otras 17 (manteniendo doctrina del Supremo) dictan resoluciones a aplicar desde su publicación
• Los afectados deben tener muy en cuenta esta realidad antes de interponer una demanda
• La banca está retirando sus recursos ante el TS por miedo a que éste se pronuncia a favor
• Las entidades llegan a acuerdos con los hipotecados en las provincias con retroactividad

‘Algunas audiencias provinciales, que inicialmente mantenían el criterio del TS, han modificado su postura’.
Además, según puntualiza Javier Gastón, responsable de la plataforma de Denunciascolectivas.com, «se está produciendo, no sólo un posicionamiento a favor de la retroactividad, sino también una evolución en algunas provincias en las que las audiencias provinciales, que inicialmente mantenían el criterio del TS, han modificado su postura, como ha sucedido en Valencia o en Ciudad Real». Gastón pone en valor el trabajo realizado por su empresa, calificando el mapa como una herramienta informativa idónea para que los afectados sepan a qué atenerse y qué hacer en cada provincia.

«Los bancos, cuando la Audiencia Provincial dicta retroactividad, no suelen recurrir las sentencias de los tribunales de primera instancia, que por lo general dictan la nulidad tanto de la cláusula como de sus efectos, lo que permite recuperar los intereses pagados de más», apunta Gastón. Este experto incluso afirma que la banca ha retirado todos los recursos sobre retroactividad que había hecho llegar al TS después de que este tribunal deslizara a las entidades un posible posicionamiento favorable a la retroactividad en caso de tener que volver a tratar el tema. «La banca ahora lo último que quieren es que el Supremo vuelva a pronunciarse porque correrían el peligro de que la retroactividad se generalizara en toda España», declara.

En opinión de Gastón, el mapa de Denunciascolectivas.com cumple la misión de informar a los afectados sobre qué camino tomar a la hora de denunciar: pedir la nulidad de la cláusula suelo y la retroactividad por separado (pudiendo conseguir la primera petición de manera rápida) o solicitar la nulidad y retroactividad en una misma demanda (sólo aconsejable en las provincias, en principio, favorables a la retroactividad). «En aquellas provincias en las que las Audiencia Provincial mantiene la doctrina del Supremo, se recomienda solicitar únicamente la nulidad de la cláusula y una vez conseguida realizar un segundo procedimiento para conseguir la retroactividad por la vía civil», recomienda. «Es muy importante», añade, «que los afectados sepan en todo momento cual es la situación real y las posibilidades de éxito de su reclamación».

«Los procesos judiciales», recuerda, «son procesos complejos y muchas veces los demandantes interponen demandas sin saber muy bien dónde se están metiendo», apunta Gaston. Pensando en la posibilidad de recurrir en las provincias contrarias a la retroactividad al TS, Gastón comenta que el Supremo suele respetar y mantener lo dictado por la Audiencia Provincial, por lo que puede conllevar sólo un coste en tasas judiciales y en costas. Pese a todo ello, Gastón indica que actualmente hay una demanda individual de un afectado de Ávila presentada en el TS pidiendo la retroactividad de un afectado que está dispuesto a llegar hasta el final a cualquier precio, rechazando incluso la oferta-pacto de su banco.

‘Casi un 80% de los casos en las provincias con retroactividad acaban en acuerdo antes del juicio’

Gastón aclara, en este punto, que «en casi un 80% de los casos planteados judicialmente en estas provincias (con luz verde a la retroactividad) terminan, si se hace bien el trabajo y se argumenta bien la demanda, con un acuerdo antes de llegar a juicio, permitiendo solucionar el problema en aproximadamente cuatro meses frente a los nueve ó 10 meses que se tardaría, en el mejor de los casos, si se entra en un proceso judicial». En estas fumatas blancas entre afectados y bancos normalmente el demandante perdona parte del dinero total que debería cobrar por la retroactividad por la devolución de los intereses cobrados indebidamente por la cláusula suelo.

Con esta mapa de la retroactividad sobre la mesa, los afectados pueden estudiar, como manifiesta Gastón, en qué Audiencia Provincial presentan la demanda, según la predisposición de ésta a aceptarla o no. Podría darse, por ejemplo, la circunstancia de que el hipotecado con suelo firmara la hipoteca en una provincia y al mismo tiempo estuviera empadronado en otra. En este caso, podría elegir dónde interponer su denuncia e ir directamente a la demarcación donde tiene las de ganar.

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Las cláusulas suelo y la retroactividad

JORGE SALIDO COBO Madrid

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