DIVORCIOS: la atribución al padre de la custodia de los hijos condicionada a la convivencia con los abuelos paternos

31 diciembre, 2017
DIVORCIOS: la atribución al padre de la custodia de los hijos condicionada a la convivencia con los abuelos paternos

DIVORCIOS: la atribución al padre de la custodia de los hijos condicionada a la convivencia con los abuelos paternos. Principio del interés prevalente del menor. El entorno familiar del padre es más estable. Delega mucho en los abuelos el cuidado de los niños. Aunque estos no están desprotegidos ni mal atendidos cuando están con su madre, el entorno de esta no es muy estable, con continuos cambios de pareja que no son beneficiosas para los niños. Audiencia Provincial Asturias, Sentencia 154/2017, 5 May. Recurso 79/2017 En el proceso de modificación de medidas se acuerda dejar sin efecto la custodia materna y atribuir al padre la guarda y custodia de los hijos menores de los litigantes. A la hora de adoptar cualquier medida que afecte directamente a los derechos de los menores debe prevalecer en todo caso el superior interés de estos. Ello exige la carga de probar que la modificación solicitada es lo más beneficioso para los niños. Y precisamente este interés preva lente de los hijos comunes es lo que justifica el cambio de custodia acordado. Así, la custodia paterna es lo más conveniente para el desarrollo y estabilidad de los menores aunque se condiciona a la convivencia con los abuelos paternos, por ser el entorno de éstos el que va a generar más estabilidad a los niños. El padre delega mucho el cuidado de sus hijos en los abuelos. Y aunque ha tenido otras parejas desde la separación, no se aprecia en él cambios tan radicales como los de la madre. Por el contrario, se considera que el entorno materno, incluyendo sus relaciones con su familia extensa, no es muy estable, con salidas Uría 13 4ºD 33003 OVIEDO 984 186 927 www.alfredogarcialopez.es/com 2 precipitadas y cambios de pareja a los que arrastra a sus hijos. La madre tiene nuevas relaciones de pareja cada cierto tiempo y ello se considera como un elemento de riesgo para los niños pues les influye negativamente. Es cierto que los menores no están desprotegidos ni mal atendidos con su madre, que está capacitada para atenderlos, pero están más expuestos a una situación de riesgo por la inestabilidad de aquélla a nivel emocional y por ser el entorno materno más fluctuante. Y dado que esta inestabilidad forma parte de su personalidad la misma le acompañará siempre. Por todo ello, se considera más aconsejable para el bienestar y estabilidad de los menores confirmar la decisión de atribuir al padre su guarda y custodia.

 

 

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