DERECHOS. RESOVER UN CONTRATO POR EL COLOR DEL MÓVIL

20 abril, 2024
DERECHOS. RESOVER UN CONTRATO POR EL COLOR DEL MÓVIL

DERECHOS. RESOVER UN CONTRATO POR EL COLOR DEL MÓVIL: una clienta gana una batalla judicial y consigue romper su contrato con Vodafone porque su iPhone no era color oro.

 

La compradora recibió un terminal telefónico de color space grey. Como la compañía incumplió, un juzgado le permitió romper la permanencia sin asumir ningún coste

 

Una clienta de Vodafone ha ganado una curiosa batalla judicial contra la teleco por el color de su iPhone.

 

Una audiencia ha dado la razón a la usuaria porque el terminal que recibió por la firma de un contrato de fidelización no era de color «oro», tal como la empresa le prometió.

 

Tras varios intentos fallidos para reclamar el móvil del color correcto (el que tenía era plateado), la justicia ha terminado por estimar su demanda.

 

Podrá romper su contrato de permanencia sin penalización.

 

Los hechos de la sentencia relatan que la clienta recibió una llamada telefónica por parte del departamento comercial de Vodafone ofreciéndole la adquisición de un teléfono de la marca Apple mod, IPhone XS 64GB de color oro, por importe de 1.068 euros, financiado en 24 cuotas mensuales de 44,50 cada una.

 

Una oferta que fue aceptada. Sin embargo, en el momento que recibió el terminal telefónico por servicio de paquetería, vio que no se correspondía con lo pactado, ya que era de color space grey, en lugar de color oro.

 

 

En un primer momento, la demanda fue desestimada en primera instancia, pero la Audiencia Provincial de Pontevedra revocó la sentencia.

 

Ante esta situación, la compradora comunicó en varias ocasiones su disconformidad con el color, pero las respuestas siempre fueron respondidas por parte de un asistente, sin atender las reclamaciones formuladas.

 

Con independencia del color que figura en el contrato y en el albarán de entrega, la Sala ha confirmado que el terminal enviado no era conforme con lo pactado, ya que no poseía ni presentaba una de las cualidades, «color oro», que la compañía demandada le había ofrecido y la compradora esperaba.

 

La Audiencia Provincial de Pontevedra concluye en la sentencia que la compradora optó por la sustitución del terminar (artículo 119 TRLGDCU), pero no fue atendida, ni tampoco consta que se hubiese llevado a cabo en ningún momento por la compañía telefónica. Por tanto, se vio obligada a acudir al Instituto Gallego de Consumo, donde se inició un expediente sancionador en materia de defensa del consumidor.

abogada en oviedo

abogada asturias

Social Media Auto Publish Powered By : XYZScripts.com