DERECHOS. INCAPACIDAD PERMANENTE

11 enero, 2023
DERECHOS. INCAPACIDAD PERMANENTE

DERECHOS. INCAPACIDAD PERMANENTE: así puede quitarte una pensión de incapacidad permanente la Seguridad Social: estos son los casos

Se debe a que es el organismo encargado de la gestión de la prestación.

 

Solo sucederá en casos de incumplimientos o cambios de estado de salud.

 

De igual forma que procede a su concesión o denegación, así como a su pago, la Seguridad Social tiene la potestad de decidir si, en un momento dado, tiene que suspender o extinguir la pensión de incapacidad permanente de una persona que la viniese cobrando hasta entonces.

 

Al ser el organismo encargado de la gestión de la pensión de incapacidad permanente, en su labor de centrar el pago de estas prestaciones solo a las personas que realmente las necesiten y a las que cumplan con las exigencias que conllevan, la Seguridad Social no solo está facultada para suspender o extinguir pensiones, ya que realmente está obligada a hacerlo.

 

Es la misma Seguridad Social la que lo reconoce en su página web al explicar que es competencia de la Tesorería General «evaluar, calificar y revisar la incapacidad y reconocer el derecho a las prestaciones económicas contributivas».

 

Dentro de este catálogo se encuentra la pensión de incapacidad permanente.

 

El organismo puede llegar a esa decisión de suspender o extinguir la pensión después de una revisión sometida al paciente o cuando se descubre que en el proceso de obtención y cobro de la pensión ha existido alguna irregularidad que hayan tenido como resultado una concesión a una persona que no debería cobrarla.

 

En su página web, la Seguridad Social explica los casos en los que puede quitarle la pensión de incapacidad permanente (ya sea de forma temporal en una suspensión o de forma definitiva en una extinción) a una persona que la percibiese previamente.

 

-Cuando el beneficiario ha actuado de forma fraudulenta para conseguir o mantener el cobro de la prestación.

 

-Cuando la incapacidad permanente haya tenido lugar o se haya agravado por imprudencia del beneficiario.

 

-Cuando la incapacidad permanente haya tenido lugar o se haya agravado por negativa a someterse a un tratamiento o por el abandono del tratamiento que se ha decretado en una incapacidad temporal.

 

-Cuando el beneficiario rechaza o abandona los procesos de rahabilitación o readaptación prescritos.

 

Cuándo te quitan definitivamente una pensión de incapacidad permanente:

 

-Cuando el beneficiario, tras una revisión, ha sido calificado como recuperado de su enfermedad.

 

-Cuando tenga lugar una revisión de oficio y tras esa revisión se decida la pérdida del derecho a la pensión.

 

-Cuando el beneficiario fallece.

 

-Cuando el beneficiario, al tener derecho a una pensión de jubilación, opta por ella.

 

 

Esto es lo que tiene en cuenta un tribunal médico para conceder una pensión de incapacidad permanente

Si existe un trámite trascendental dentro del proceso de solicitud una pensión contributiva de incapacidad permanente es el de la visita al tribunal médico, el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI). Un evento sobre el que mucho se comenta pero menos se sabe, por lo que es conveniente tener bien claros una serie de aspectos antes de acudir a ese tribunal.

Lo primero que debe comprender una persona que quiere cobrar una pension de incapacidad permanente es el que el tribunal médico no pretende juzgarle en el momento de esa visita. De igual forma, sus miembros no están preparados para aprovechar cualquier ‘renuncio’ del solicitante con el objetivo de no recomendar la concesión de la pensión. En resumen, que el tribunal médico no es un ente enemigo del ciudadano: solo quiere hacer su labor de la forma más escrupulosa posible.

 

Y su labor no es ni más ni menos que asegurarse de que recomienda la concesión de una pensión a una persona que realmente la merece o, por el contrario, de que deniega esa pensión a una persona que no reúne los requisitos apropiados para su cobro.

 

Para ello, tal y como explica el bufete especializado Campmany Abogados, los miembros del tribunal médico podrán hacer todo tipo de preguntas o requerimientos al solicitante, así como pedir el historial médico del paciente o diferentes informes de especialistas relacionados directamente con su enfermedad o dolencia.

 

La idea más o menos clara que debe tener el solicitante de una pensión de incapacidad permanente es que el tribunal médico tiene, por encima de todo, la misión de determinar la influencia de la enfermedad o dolencia del trabajador tanto en su vida cotidiana como en su vida laboral para saber si puede recomendar o no el cobro de la pensión.

 

Por eso, las preguntas de los miembros del tribunal irán encaminadas a obtener datos e información sobre su vida cotidiana o su vida laboral, sus funciones en el trabajo…y también pueden incluir peticiones para que el solicitante realice determinados movimientos físicos con el objetivo de saber si puede hacerlos o no. Esto, en ningún caso, puede verse como algo humillante o provocador, ya que solo tiene el fin de aportar luz al proceso.

 

Además, el tribunal médico tiene una misión añadida, la de determinar si el paciente tiene opciones de mejora en un futuro. De ser así, podría planificar revisiones de la incapacidad permanente que evalúen el estado del pensionista de cara a unos meses o unos años.

 

Todo esto es importantísimo porque en función de lo que decida el tribunal se recomendará que el trabajador pueda tener pensión o no, y en caso afirmativo tener un grado concreto de incapacidad: no será tan grave el caso de una persona que aunque no puede llevar a cabo su trabajo sí puede hacer otros (una incapacidad permanente total) que el de una persona que necesita ayuda de terceros para los actos más cotidianos de la vida (una gran invalidez).

 

La opinión del tribunal médico es muy importante. Es probablemente el trámite más trascendente de todo el proceso, pero incluso con todo eso no es definitivo, ya que a diferencia de lo que se piensa su dictamen no es vinculante. Así, la decisión final recae en la dirección provincial de la Seguridad Social…aunque es verdad que este tribunal médico tan temido por el pensionista suele ser muy tenido en cuenta.

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