COMUNIDADES. LOS PISOS TURÍSTICOS

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6 noviembre, 2024
COMUNIDADES. LOS PISOS TURÍSTICOS

COMUNIDADES. LOS PISOS TURÍSTICOS: estas son las obligaciones de una comunidad de vecinos por tener un piso turístico en su edificio.

 

Cada vez más propietarios de pisos en régimen de propiedad horizontal optan por el alquiler turístico y hay que saber las responsabilidades que tiene la comunidad de propietarios.

PROPIETARIOS. LAS COMUNIDADES Y LOS PISOS TURÍSTICOS

En los últimos años, el mercado de viviendas de uso turístico (VUT) en España ha experimentado un notable crecimiento, impulsado por plataformas como Airbnb y Booking.com.

 

Este fenómeno ha cambiado significativamente el panorama del sector inmobiliario y ha generado tanto oportunidades económicas como tensiones sociales.

VIVIENDA: ALQUILERES TURÍSTICOS

De hecho, cada vez más propietarios de viviendas en régimen de propiedad horizontal se han decantado por destinar su inmueble para uso turístico, lo cual genera tensiones y controversias en la comunidad de vecinos.

 

Muchas personas piensan que solo hace falta registrar el inmueble como vivienda o apartamento de uso turístico, sin avisar a la comunidad de vecinos, pero hay que apuntar que el Real Decreto-Ley 7/2019 de 1 de marzo de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, concede a las comunidades de propietarios la posibilidad de acordar, limitar o condicionar del alquiler turístico.

VIVIENDA: LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS NO PUEDE PROHIBIR A LOS VECINOS TENER PISOS TURÍSTICOS

Por eso, en el artículo 17 de la Ley Hipotecaria se ha introducido un nuevo apartado que establece que «se requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación».

 

Un precepto que no prevé expresamente la prohibición como tal, solo habla de limitar o condicionar. 

ARRENDAMIENTOS. El alquiler de pisos turísticos es lícito siempre que no genere problemas de convivencia en el edificio

Dicho esto hay que analizar qué clases de limitaciones podrán instaurar las comunidades de propietarios en relación con las VUT según lo establecido en el artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal. 

 

Se puede entender como obligación de la comunidad de vecinos vigilar o exigir al propietario que esté inscrito o dado de alta en la administración para que no sea una vivienda prohibida.

El aprovechamiento por turno de inmuebles

Además, pueden exigir la contratación de una póliza de seguro que cubra los daños causados por los inquilinos de las VUT en los elementos comunes. 

 

E, incluso, pueden subir un 20% la cuota que corresponda al inmueble o la exigencia de presencia del propietario o persona delegada en la recepción de los clientes.