BANCARIO. REVOLVING

30 marzo, 2023
BANCARIO. REVOLVING

BANCARIO. REVOLVING: la guerra de las ‘revolving’ no termina: crecen las reclamaciones por la transparencia. Tras la sentencia sobre las reclamaciones por usura ganan terreno las de falta de información al contratarlas.

 

Las tarjetas revolving se alejan de una batalla, pero no de la guerra. La sentencia del Tribunal Supremo de hace unas semanas, que establece como usura tasas de interés superiores en seis puntos a la media del mercado de crédito, limita algunas reclamaciones.

 

Mantiene abierta la posibilidad de reclamar por falta de transparencia, una vía que han ido aprovechando despachos de abogados y asociaciones de consumidores para lograr la devolución de los intereses pagados en este producto, con altas tasas, intrincado y que eterniza la deuda por crédito.

 

“La estrategia desde ahora es sin duda alegar la falta de transparencia”, expone Arcadi Sala Planell, titular de BBS Abogados. Apunta que hasta ahora, en su caso, iba como acción subsidiaria en las reclamaciones de usura –si no se estimaba nulidad por usura se pedía por transparencia–.

 

Ahora podría ser el gran caballo de batalla. “El sistema no se ha comercializado con transparencia y están aumentando las sentencias que condenan por ello. El crédito revolving puede ser transparente, pero si se explican más las cosas y de forma clara, con advertencias”.

 

El problema está en que el mecanismo de las revolving pasa por pagos a créditos con un abono de cuotas pequeñas a posteriori, de solo 30 euros incluso. “Esas cuotas son tan bajas que no sirven para cubrir todos los intereses, que son muy elevados”, dice Sala Planell. “La trampa llega al financiar a plazo la compra. Te preguntan qué cuota quieres pagar, no el plazo de devolución. Como resultado vas a pagar muchos intereses durante mucho tiempo”, señala Patricia Suárez, presidenta de la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin).

 

El tipo medio supera el 20%, según sus datos. Eso conduce a situaciones poco sostenibles como estar seis años pagando un televisor. “Las implicaciones no se explicaban o se explicaban de forma frívola las consecuencias”, añade.

 

Las cuotas acaban destinándose más a intereses que a amortizar capital. Incluso se acaba por retorcer la situación y se capitalizan intereses, por lo que al final se pagan intereses sobre los intereses, explica Ferrer de Nin. “Lo más transparente es una cuota más grande o que se expliquen las consecuencias de una revolving. Atrapan más años de lo que pensábamos”, añade.

 

La clave es: ¿todo eso se sabía? La decisión de reclamar suele llegar cuando los clientes se encuentran que van pagando y que la deuda no baja y hasta sube, lo que entrevé cierta falta de conocimiento de lo contratado.

 

En la demanda por transparencia la carga de la prueba recae sobre las entidades, informa Sala Planell. “El consumidor no puede demostrar lo que no existe”, argumenta en referencia a su falta de comprensión e información sobre el producto. Para cubrirse, hay entidades que en la contratación de un producto online culminan el proceso con una llamada, donde se dan explicaciones, que se graba.

 

Las grandes disputas por la transparencia son el tamaño de la letra de los contratos o un redactado que dificulta saber el coste económico del producto. “Para determinar que una cláusula es transparente tiene que pasar dos controles.

 

El de incorporación, de si la cláusula está redactada de forma clara, comprensible, con un tamaño de letra adecuado. Muchas sentencias ya han anulado contratos por la letra.

 

Y luego está el control de transparencia material, sobre si se informó correctamente de lo que se contrataba”, dice Sala Planell. Ambos han flaqueado, cree. “En la seguidilla de cláusulas se incluyen 4 o 5 muy importantes en medio del resto, como la cuota o la devolución del interés”, critican en Ferrer Advocats. “Nos hemos encontrado contratos ilegibles.

 

En la segunda cara, con letra diminuta se establecen las condiciones e intereses. Sin destacarlo, todo junto e imposible de ver”, coincide Helena Socias, de BBS.

 

Con las demandas lo que se suele conseguir es la devolución de los intereses pagados. Como si el producto hubiese sido a tipo cero.

 

Si se resuelve a favor, todo lo pagado –sin importar si fue por capital, intereses, comisiones o seguros– se usa para cubrir exclusivamente el capital inicial o la cantidad dispuesta. Lo restante se devuelve.

 

Por ejemplo, si alguien pidió 1.000 y ya ha abonado 1.500, se cancelará la deuda y se le retornarán 500. Si entre todo lo que ha ido abonando no cubre el importe demandado, como haber desembolsado 800, al menos se logra cancelar buena parte de la deuda y sacarla del sistema revolving.