BANCARIO. POSIBLES LÍMITES A LAS REVOLVING: el Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de Ley de Contratos de Créditos al Consumo, una norma pionera que introduce por primera vez límites legales a los costes de los créditos al consumo.
El objetivo prioritario del Ejecutivo es poner coto a las modalidades de financiación más opacas, frenar las prácticas abusivas, evitar abusos a los clientes y reforzar la protección de los consumidores, especialmente de aquellos colectivos que se encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad.
La futura regulación no se limita a la banca tradicional, sino que tiene un alcance integral. Incluye tanto a los préstamos tradicionales ofrecidos por las entidades financieras como a los microcréditos, las tarjetas revolving y los préstamos rápidos comercializados a través de plataformas digitales.
La necesidad de esta medida regulatoria llega en un contexto crítico: los créditos al consumo ya suponen en torno al 15% del endeudamiento total de los hogares españoles, y su contratación se ha disparado de forma exponencial en los últimos años.
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Este crecimiento desmedido ha estado estrechamente vinculado a una publicidad masiva y agresiva en redes sociales, televisión y radio.
Estas campañas se centran de forma exclusiva en la inmediatez y en la facilidad de acceso a los llamados «créditos exprés», pero omiten información clave para el ciudadano como el tipo de interés aplicable, la tipología del producto o el coste total del crédito.
El Ejecutivo considera que esta grave falta de transparencia ha contribuido de manera directa a situaciones de sobreendeudamiento severo, afectando principalmente a los hogares con menor renta, quienes acaban atrapados en un “efecto bola de nieve” de préstamos encadenados.
De esta peligrosa dinámica surge la figura del “deudor cautivo”: personas que carecen de una capacidad real de recuperación financiera y cuyo escenario explica el creciente recurso a la Ley de la Segunda Oportunidad como única vía disponible para el saneamiento de su economía.
El anteproyecto establece una profunda reconfiguración del mercado del crédito exprés a través de los siguientes ejes fundamentales:
- Sistema de tramos y un tope transitorio del 22% La ley establece un sistema de tramos diseñado en función del importe del crédito, fijando límites máximos a los intereses y a los costes asociados para cada uno de ellos. Con las condiciones actuales del mercado, se incorpora un límite transitorio del 22% de interés máximo. Este tope se aplicará de forma inmediata tanto a los nuevos microcréditos como a la regularización de las tarjetas revolving ya existentes, uno de los productos financieros más cuestionados por su elevado coste.
- Control estricto de los prestamistas ante el Banco de España La futura ley refuerza de forma contundente el control sobre los prestamistas. A partir de su entrada en vigor, solo podrán operar aquellas entidades que estén debidamente autorizadas por el Banco de España. La concesión de créditos por parte de operadores no registrados o que carezcan de dicha autorización podrá conllevar la nulidad de pleno derecho de los contratos emitidos.
- Evaluación obligatoria de la solvencia Se acaba la concesión automatizada de fondos sin control. Para los prestamistas será obligatoria la evaluación de la solvencia del cliente. Para ello, las entidades tendrán que recabar obligatoriamente el historial crediticio del solicitante y consultar de manera preceptiva las bases de datos y los registros de morosidad (como los Registros de Morosos) para comprobar si el usuario figura en ellos.
El texto introduce importantes avances en materia de derechos del consumidor:
- Información detallada: Obliga a facilitar información precontractual clara y detallada mediante un informe que recoja las principales características del microcrédito.
- Amortización sin costes: Se reconoce expresamente el derecho del cliente al reembolso anticipado del crédito sin sufrir ningún tipo de penalización económica.
- Prohibición de productos vinculados: Se restringen de forma estricta las ventas vinculadas o combinadas en productos financieros de seguros, eliminando por completo los polémicos seguros de prima única asociados a los microcréditos.
- Impacto en la financiación comercial: Ventas sin intereses Por último, el anteproyecto introduce un cambio de enorme calado en la financiación vinculada a la venta de bienes y servicios. Las empresas comerciales que ofrezcan financiación a sus clientes —tales como concesionarios de vehículos, grandes almacenes de muebles, grandes superficies comerciales o cadenas de electrodomésticos— deberán hacerlo obligatoriamente mediante préstamos sin intereses. Con esta medida, el Gobierno busca reforzar la protección del consumidor frente a costes financieros encubiertos en sus compras cotidianas.

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