LABORAL. Sucesión de empresas. La nueva adjudicataria hereda la plantilla, pero no las deudas salariales. La empresa debe regirse por el convenio y no por el Estatuto de los Trabajadores.
Los trabajadores de la anterior empresa por mandato del convenio colectivo, lo debe hacer con los requisitos y límites que el mismo establece, sin responder de las deudas contraídas por la adjudicataria anterior con sus trabajadores, previa a la asunción de la contrata por la nueva.
Así lo determina el Tribunal Supremo en ...
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