DIVORCIO. La pensión indemnizatoria del artículo 1438CC. Nuestro despacho ha logrado, recientemente, que se pronuncie por parte de la Audiencia Provincial de Alicante una Sentencia muy relevante, que aclara y matiza la interpretación del artículo 1438 del Código Civil, que como es sabido establece lo siguiente: “Los cónyuges contribuirán al sostenimiento de las cargas del matrimonio. A falta de convenio lo harán proporcionalmente a sus respectivos recursos económicos. El trabajo para la casa será computado como contribución a las cargas y ...
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