PENAL. Según el Tribunal Supremo los celos no justifican la aplicación de la atenuante de arrebato u obcecación. La Sala de lo penal del TS ha dictado una sentencia, de fecha 27 de noviembre de 2015 (sentencia número 754/2015, ponente señor Sánchez Melgar) en la que, reiterando anterior jurisprudencia, señala que los celos no constituyen justificación del arrebato u obcecación, ni permiten la aplicación de la atenuante de obrar por un impulso de estado pasional, pues salvo los casos en que ...
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