COMUNIDADES. La Junta de propietarios. En el primitivo tenor de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal, sólo se calificaba a la Junta de propietarios como "órgano rector colectivo" en la Exposición de Motivos, pero luego no se utilizaba en el texto el concepto orgánico.
La Ley 8/1999, de 6 de abril, de modificación de la de Propiedad Horizontal de 21 de julio de 1960, explícitamente se endereza a satisfacer las nuevas aspiraciones de la sociedad en materia de ...
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