HERENCIAS. Los contadores-partidores dativos

HERENCIAS. Los contadores-partidores dativos. El ámbito de aplicación de este procedimiento –que regula el art. 92 LJV- incluye: la designación del contador partidor dativo en los casos previstos en el art. 1057 CCiv; los casos de renuncia del contador-partidor nombrado o de prórroga del plazo fijado para la realización de su encargo; y la aprobación … Sigue leyendo HERENCIAS. Los contadores-partidores dativos