El artículo 361 del Código Civil establece que : «El dueño del terreno en que se edificare, sembrare o plantare de buena fe, tendrá derecho a hacer suya la obra, siembra o plantación, previa indemnización establecida en los artículos 453 y 454, o a obligar al que fabricó o plantó a pagarle el precio del … Sigue leyendo La propiedad y la accesión
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