MERCANTIL. Las fotovoltaicas no serán indemnizadas. El Tribunal Supremo rechaza indemnizar por daños y perjuicios a las empresas fotovoltaicas por la modificación de las retribuciones introducida en 2010. El TS ha rechazado indemnizar por daños y perjuicios a las empresas fotovoltaicas por la normativa aprobada por el Gobierno en 2010, por la entrada en vigor del Real Decreto 1565/2010, de 19 de noviembre, del Real Decreto-ley 14/2010, de 23 de diciembre, y de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, y ...
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