BANCARIO. El TJUE decide hoy sobre la RETROACTIVIDAD de la NULIDAD de las CLÁUSULAS SUELO

26 abril, 2016
BANCARIO. El TJUE decide hoy sobre la RETROACTIVIDAD de la NULIDAD de las CLÁUSULAS SUELO

BANCARIO. El TJUE decide hoy sobre la RETROACTIVIDAD de la NULIDAD de las CLÁUSULAS SUELO. La Justicia europea dirime este martes si la nulidad de las cláusulas suelo debe ser retroactiva Tribunal de Justicia de la UE Sede del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en Luxemburgo.

El TJUE celebra este martes la vista sobre la retroactividad de cláusulas suelo, aunque la sentencia formal puede llegar dentro de cinco o seis meses. Lo que se dirime no es tanto la nulidad de la cláusula suelo, como sus efectos y su retroactividad antes del año 2013 que limitó el Supremo. El coste para la banca podría ser de 9.800 millones, lo ingresado por los bancos desde 2009 gracias a limitar en las hipotecas la caída del Euríbor.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) celebrará este 26 de abril una vista oral sobre los tres asuntos prejudiciales acumulados en relación a la retroactividad de las cláusulas suelo en España. Está previsto que en la vista sean escuchadas todas las partes involucradas. Sin embargo, la sentencia formal se espera que pueda llegar dentro de cinco o seis meses. Lo que se dirime este martes no es tanto la nulidad de la cláusula suelo, como sus efectos y la retroactividad de la misma.

En sentencia del 25 de marzo de 2015, el Tribunal Supremo sentenció contra las cláusulas pero introdujo una limitación temporal a la devolución de cantidades indebidamente pagadas por los clientes, fijando precisamente la fecha del 9 de mayo de 2013 como día a partir del cual la nulidad surte efectos. Después, el Constitucional inadmitió el recurso de amparo presentado por BBVA y Cajamar contra la sentencia. La sentencia formal se espera para dentro de 5 o 6 mesesEn su sentencia, el Supremo señalaba que las cláusulas suelo son «lícitas siempre que su transparencia permita al consumidor identificar la cláusula como definidoras del objeto principal del contrato y conocer el real reparto de riesgos de la variabilidad de los tipos».

De este modo, el tribunal declaraba la nulidad de estas cláusulas en los casos en los que el cliente no hubiera sido debidamente informado. La cuestión prejudicial que ahora ocupa al Tribunal de Justicia de la UE fue planteada por un Juzgado Mercantil de Granada en un procedimiento de nulidad de cláusula suelo de la delegación de Ausbanc en Granada contra Cajasur. A ésta se han sumado posteriormente otras dos formuladas por la Audiencia Provincial de Alicante contra Banco Popular y BBVA. El pasado 7 de abril, una jueza anuló las cláusulas suelo por «falta de transparencia”.

El Juzgado de lo Mercantil nº11 de Madrid declaró la nulidad en toda España de las cláusulas suelo de las hipotecas por «falta de transparencia, condenando así a 40 bancos y cajas a eliminar estas cláusulas de los contratos y a cesar en su utilización de forma no transparente. El coste para la banca podría ser de 9.800 millones Tras esta vista, el abogado general que se designe para el caso comenzará su trabajo de cara a presentar unas conclusiones. Este proceso puede tardar entre tres y cuatro meses, dependiendo, entre otros factores, de la complejidad jurídica del asunto.

La sentencia final suele dictarse entre dos y cuatro meses después de que el abogado general haya presentado sus conclusiones y no hay una fecha prevista para su dictamen. Las cláusulas suelo han impedido a los hipotecados beneficiarse de la caída histórica del Euríbor, principal índice de referencia para la mayoría de las hipotecas, que lleva hundido en tasas mensuales negativas desde el mes de febrero.

De reconocer Bruselas la devolución de todos los importes cobrados por las cláusulas suelo desde el origen del préstamo, que no se espera de forma inminente, la banca española tendría que devolver estos casi 4.500 millones, cifra que engrosaría la factura de 5.269 millones por los intereses cobrados desde el 9 de mayo de 2013 hasta finales de 2015, según cálculos de Analistas Financieros Internacionales (Afi).

Así pues, las entidades financieras han ingresado casi 9.800 millones desde 2009 gracias a limitar en las hipotecas la caída del Euríbor. En un anterior pronunciamiento, el Tribunal de Justicia europeo ya declaró ilegal la normativa española que obliga a un juez a suspender automáticamente una acción individual de un consumidor para declarar el carácter abusivo de una cláusula suelo de un contrato hipotecario a la espera de una sentencia en relación a una acción colectiva ejercitada por una asociación de consumidores.

Desde la patronal bancaria, el presidente de la Asociación Española de Banca (AEB), José María Roldán, defendía recientemente que una hipoteca se caracteriza por prestar dinero a cambio de una cantidad adicional, por lo que ha señalado como el «límite» que el endeudado no tenga que pagar nada ante el desplome del Euríbor. «El límite es que no tengas que pagar nada y el préstamo te salga gratis», sentenciaba de forma tajante.

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